La medida, propuesta por ERC, afectaría a la eficacia de la lucha contra el terrorismo y eliminaría garantías jurídicas, tanto para las Fuerzas de Seguridad como para los ciudadanos
La Comisión de Interior debate hoy, a propuesta de ERC, que el Congreso inste al Gobierno a que derogue la Ley de Seguridad Ciudadana y detenga de forma inmediata las devoluciones «en caliente» en las fronteras de Ceuta y Melilla. Al margen de lo estrafalario de la propuesta en este momento –un Ejecutivo en funciones no tiene iniciativa legislativa y por tanto no podría cumplir un mandato así–, lo cierto es que la citada Ley Orgánica es la principal norma jurídica que rige las actuaciones de las Fuerzas de Seguridad, da garantías jurídicas tanto a los agentes como a los ciudadanos y supone una herramienta decisiva para luchar contra las formas más graves de delincuencia, incluido el terrorismo yihadista. La actual composición de la Cámara Baja podría dar vía libre a una propuesta que al no llevar aparejada una ley alternativa provocaría un vacío legal descomunal de consecuencias imprevisibles.
Además, la ley vigente establece las garantías en las identificaciones policiales que deben basarse en los principios de proporcionalidad, igualdad de trato y no discriminación. Si se deroga, ¿se dejaría aspectos tan sensibles al criterio de los profesionales, al no haber un marco jurídico claro? Lo mismo puede decirse de un procedimiento excepcional, como son las identificaciones en dependencias policiales, que por primera vez una ley somete a un límite de tiempo y a una serie de garantías como son la expedición de un volante acreditativo de la identificación y la constancia en un libro registro que se envía mensualmente a la Fiscalía para que sea examinado. Nada de eso aparecía en la ley de 1992, y parece que ERC quiere borrar esas garantías de un plumazo.
Lo mismo sucede con algo tan sensible como es la expedición del DNI, cuya regulación recoge, en solitario, la Ley de Seguridad Ciudadana.
La actual legislación recoge garantías como el principio de mínima injerencia u obligación de ser practicados por agentes del mismo sexo, por ejemplo. Si este aspecto no se regula no se podría controlar eficazmente el acceso de terroristas con armas o explosivos a los aviones, ni impedir la entrada de individuos armados a espectáculos públicos, o el de hinchas violentos armados a los estadios... Es decir, entre otras cuestiones graves, la lucha contra el terrorismo islamista quedaría seriamente comprometida.
Acabar con el rechazo en frontera supondría aceptar la entrada en nuestro país de cualquier persona que logre pasar la primera valla fronteriza, aunque sea de forma violenta. Se argumenta que cuando se cruza esa primera valla esa persona está en España y hay que incoarle el correspondiente expediente administrativo para expulsarlo. El argumento es rebatido por el Gobierno, que afirma que se puede hacer si el rechazo se produce «mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos».
Pero al margen de tecnicismos, acabar con el rechazo en frontera provocaría un fuerte efecto llamada en Ceuta y Melilla con consecuencias imprevisibles.
Derechos y obligaciones
Si se deroga la Ley de Seguridad Ciudadana con ella decae, por ejemplo, su artículo 4, en el que se detalla que la actuación de las Fuerzas de Seguridad se regirán por los principios de legalidad, igualdad de trato y no discriminación, oportunidad, proporcionalidad, eficacia, eficiencia y responsabilidad y control administrativo y jurisdiccional. ¿Con qué criterios, por tanto, se regirían a partir de ahora los Cuerpos de Seguridad?Lo mismo sucede con algo tan sensible como es la expedición del DNI, cuya regulación recoge, en solitario, la Ley de Seguridad Ciudadana.
Fin de los controles preventivos
La Ley Orgánica atacada regula la forma en que deben realizarse las comprobaciones y registros en lugares públicos para impedir el uso de explosivos y armas o el narcotráfico, y es la herramienta que permite a las Fuerzas de Seguridad realizar los controles preventivos necesarios para luchar contra el terrorismo yihadista o el tráfico de drogas. Si esa ley no existe, ¿cómo se harían? El mismo argumento sirve para los registros corporales a sospechosos, los conocidos como «cacheos».La actual legislación recoge garantías como el principio de mínima injerencia u obligación de ser practicados por agentes del mismo sexo, por ejemplo. Si este aspecto no se regula no se podría controlar eficazmente el acceso de terroristas con armas o explosivos a los aviones, ni impedir la entrada de individuos armados a espectáculos públicos, o el de hinchas violentos armados a los estadios... Es decir, entre otras cuestiones graves, la lucha contra el terrorismo islamista quedaría seriamente comprometida.
Armas y explosivos
Otro aspecto clave de la Ley de Seguridad Ciudadana es la regulación de todo lo que afecta a la fabricación, reparación, almacenamiento, circulación, comercio, transporte, distribución, adquisición, certificación, enajenación o utilización de armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos. Basta recordar la matanza del 11-M para valorar la importancia de este asunto. Pues bien, todo el régimen de intervención administrativa tiene su única base legal en la ley que ahora se pretende derogar. Pero es que además en este aspecto somos un referente para todos los países de la Unión Europea por el fuerte control que existe, razón por la que en nuestro país es muy difícil adquirir ilegalmente armas o explosivos.Drogas, punteros láser...
La Ley de Seguridad Ciudadana regula otros aspectos que parecen menores, pero que tienen que ver con la pequeña delincuencia que tanto daño hace. Se trata del consumo de drogas en lugares públicos, el abandono de jeringuillas, las «cundas», la prostitución a las puertas de los colegios, institutos o parques infantiles o deslumbrar a pilotos de avión o a conductores con punteros láser, exponiéndoles a graves accidentes. Todo ello también quedaría sin respuesta.«Expulsiones en caliente»
Uno de los «mantras» preferidos de la izquierda, ya sea en su versión tradicional (PSOE) o emergente (Podemos y afines), es que se acabe con lo que ellos llaman expulsiones «en caliente», realidad a la que el Gobierno se refiere como «expulsiones en frontera». La iniciativa de ERC que hoy se debatirá en la comisión de Interior del Congreso pide también la supresión de esta práctica y no es improbable que, dada su composición, se acabe aprobando.Acabar con el rechazo en frontera supondría aceptar la entrada en nuestro país de cualquier persona que logre pasar la primera valla fronteriza, aunque sea de forma violenta. Se argumenta que cuando se cruza esa primera valla esa persona está en España y hay que incoarle el correspondiente expediente administrativo para expulsarlo. El argumento es rebatido por el Gobierno, que afirma que se puede hacer si el rechazo se produce «mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos».
Pero al margen de tecnicismos, acabar con el rechazo en frontera provocaría un fuerte efecto llamada en Ceuta y Melilla con consecuencias imprevisibles.
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