Algunos policías pasarán por el juzgado para explicar sus méritos. ASP denunció que algunos condecorados no cumplían con los requisitos.
Duro revés judicial para la Dirección General de la Policía. La Audiencia Nacional ha ordenado al Ministerio del Interior que justifique todas y cada una de las condecoraciones que el Cuerpo Nacional de Policía aprobó en el último trimestre de 2015 a través de la Orden General 2.146, por la que más de un millar de personas fueron condecoradas con la cruz al Mérito Policial con diferentes distintivos.
Esta Orden General contaba con tres anexos. En el primero, se concedía en ingreso en la Orden del Mérito Policial a miembros de la Guardia Civil, Fuerzas Armadas y otras personas ajenas a la Policía Nacional. En el segundo, a miembros del Cuerpo Nacional de Policía y personal laboral. En el tercero y último, a miembros del Cuerpo Nacional de Policía, Cuerpos Generales de la Administración del Estado y personal laboral.
Esta decisión llega después de que Alternativa Sindical de Policía (ASP), uno de los sindicatos con representación en el Consejo de la Policía, presentase un recurso contencioso-administrativo por estas distinciones, ya que consideraba que algunos de los agentes que las han recibido no cumplen con los méritos que vienen especificados en la Ley 5/64 de 29 de abril, que regula la entrega de estas condecoraciones.
Exactamente, pone en tela de juicio que se cumplan los requisitos para otorgar la gran mayoría de las más de 200 cruces al Mérito Policial con distintivo rojo, una de las distinciones más altas que se pueden otorgar en esta institución policial, y que traen consigo una aumento en la remuneración de aproximadamente el 10 por ciento del salario cuando se está en activo y que se mantiene cuando el policía está jubilado y recibe su pensión del Estado.
La Dirección General de Policía ha emitido en los últimos días una orden firmada por el Jefe de la División de Personal en las que se pone en conocimiento de los condecorados esta circunstancia y se solicita a los mismos que a la mayor brevedad posible, "en el plazo de nueve días desde la publicación de esta Orden", se presenten en el juzgado, "si a su derecho conviniere", para justificar los méritos que tienen para la obtención de la condecoración.
Esta Orden General contaba con tres anexos. En el primero, se concedía en ingreso en la Orden del Mérito Policial a miembros de la Guardia Civil, Fuerzas Armadas y otras personas ajenas a la Policía Nacional. En el segundo, a miembros del Cuerpo Nacional de Policía y personal laboral. En el tercero y último, a miembros del Cuerpo Nacional de Policía, Cuerpos Generales de la Administración del Estado y personal laboral.
Esta decisión llega después de que Alternativa Sindical de Policía (ASP), uno de los sindicatos con representación en el Consejo de la Policía, presentase un recurso contencioso-administrativo por estas distinciones, ya que consideraba que algunos de los agentes que las han recibido no cumplen con los méritos que vienen especificados en la Ley 5/64 de 29 de abril, que regula la entrega de estas condecoraciones.
La Dirección General de Policía ha emitido en los últimos días una orden firmada por el Jefe de la División de Personal en las que se pone en conocimiento de los condecorados esta circunstancia y se solicita a los mismos que a la mayor brevedad posible, "en el plazo de nueve días desde la publicación de esta Orden", se presenten en el juzgado, "si a su derecho conviniere", para justificar los méritos que tienen para la obtención de la condecoración.
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